El jurado popular ha declarado culpable por unanimidad al hombre acusado de matar a su pareja sentimental el 2 de julio de 2023 en un hotel de Salou (Tarragonès).
En la lectura del veredicto realizada este miércoles por la noche en la Audiencia de Tarragona, los miembros del tribunal han asegurado que no ven “viable” la versión del investigado sobre el posible suicidio de la mujer fallecida.
También han considerado probado que la causa de la muerte fue por asfixia mecánica y que el hombre no aceptó la ruptura.
Fiscalía ha pedido 20 años de prisión por un delito de asesinato, incluyendo la atenuante de drogadicción, ya que el jurado ha dictaminado que el procesado tenía las facultades intelectuales disminuidas. El juicio ha quedado visto para sentencia.
Los miembros del jurado popular han considerado por unanimidad que no se ha probado que el acusado y la víctima discutieran antes del crimen. Según el portavoz del jurado, la argumentación es que no hay indicios que lo certifiquen, ya que varios testigos declararon que no podían determinar si los gritos sentidos el día de los hechos eran de una mujer o de un hombre.
En cuanto a la estrangulación con el cable de la plancha de cabello por parte del acusado, el tribunal lo ha declarado probado por ocho votos a favor y uno en contra. “Queda probado por el informe forense, donde se refiere que el surco más profundo del lado izquierdo sigue una dirección prácticamente horizontal y ligeramente ascendente, indicando la causa de la muerte es por asfixia mecánica, con estrangulamiento con lazo”, ha leído el portavoz.
El jurado popular también ha rechazado la hipótesis de suicidio defendida por el investigado. “Analizadas todas las conclusiones, los miembros del jurado no creemos viable la versión del acusado de colgamiento de cadáver suicida en el pomo de la puerta de la habitación del hotel, la huella dejada por el cable en el cuello de la víctima no es lo suficientemente vertical para ser un acto infligiendo”, ha argumentado el portavoz basándose en el informe forense.
Asimismo, el jurado ha probado por unanimidad que tanto la víctima como el procesado habían consumido alcohol el día de los hechos y que el acusado aprovechó la intimidad de la habitación del hotel y su fortaleza para asfixiarla. “Estas circunstancias le impidieron defenderse”. Al mismo tiempo, han considerado acreditado, con ocho votos a favor y uno en contra, que el investigado no aceptaba la ruptura de la relación.
En paralelo, han dictaminado, con siete votos a favor y dos en contra, que el hombre tenía las capacidades volitivas y cognitivas reducidas de forma moderada. Finalmente, los miembros del jurado han acordado, por unanimidad, que no se le puede conceder la suspensión de la pena de prisión ni el indulto.
LA FISCALÍA DESCARTA EL SUICIDIO
El 23 de abril, la Audiencia de Tarragona comenzó a juzgar al acusado de estrangular a su pareja con el cable de la plancha de cabello mientras se encontraban en el interior de la habitación de un hotel de Salou, donde se alojaban a principios de julio del año 2023. Según el ministerio público, la relación sentimental de la pareja se había deteriorado en los últimos meses y ante la negativa del hombre de aceptar la ruptura, la asfixió.
El juicio, que se alargó hasta el pasado miércoles, declararon varios testigos entre ellos agentes de los Mossos d’Esquadra y las médicos forenses. En la última jornada, el fiscal descartó la hipótesis de suicidio planteada por la defensa, basándose en las declaraciones de Mossos y forenses. Estos aseguraron que no existía un nudo en el cable de la plancha del cabello y que la marca de la estrangulación en el cuello de la víctima iba del “delante detrás”. Además, los testigos también afirmaron que el cable atado al pomo de la puerta de la habitación “no era compatible con un punto fijo de suspensión”.
El acusado se encuentra en prisión preventiva desde el 3 de julio de 2023. En su declaración, negó que hubiera matado a su pareja e insistió en que la mujer se suicidó.
PETICIONES DE 20 y 30 AÑOS DE PRISIÓN
Fiscalía ha pedido 20 años de prisión por un delito de asesinato con traición y ha rebajado en un año la petición hecha en la última sesión del juicio. La rebaja ha sido porque los miembros del jurado han alegado que el investigado tenía afectadas las capacidades intelectuales y, por ello, ha incluido en su petición la atenuante de drogadicción. Con todo, el fiscal ha mantenido las agravantes de parentescos y de discriminación por razón de género, así como la prohibición de aproximarse a una ratio inferior de 1.000 metros de los familiares de la víctima y de comunicarse con ellos durante 25 años. En cuanto a la responsabilidad civil, también ha mantenido la reclamación de 350.000 euros por los miembros de la familia de la mujer fallecida.
La acusación particular, que representa a la familia, ha vuelto a pedir 30 años de prisión por el delito de asesinato, con las agravantes de abuso de confianza, discriminación de género y el de parentesco. Al mismo tiempo, ha mantenido la petición de que no se aproxime a 5.000 metros ni se comunique con los familiares por un periodo también de 30 años. Respecto a la responsabilidad civil, ha solicitado 405.000 euros, de los que 170.000 son para el hijo; 100.000 para la madre, 50.000 para el padrastro, 25.000 para el abuelo y 30.000 para los dos hermanos.
Por su parte, la defensa, que pidió la absolución, ha solicitado la imposición de la pena “mínima posible” e igualmente de la responsabilidad civil.